Según una sentencia reciente de la Audiencia Nacional, una empresa podría llevar a cabo un ERE y posteriormente podría subcontratar ese mismo servicio que antes prestaban sus trabajadores.

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional en su sentencia de fecha 15 de julio de 2013 ha emitido una sentencia de gran relevancia, que supondrá un punto de inflexión de las relaciones laborales. Dicha resolución permite que las compañías despidan para más adelante subcontratar y, de esta forma, “asegurar su viabilidad o apuntalar la competitividad”..

Este tribunal abre la vía a que las empresas puedan hacer un ERE y luego subcontratar el servicio que prestaban los empleados despedidos. La sentencia considera que la externalización de una parte de la actividad para reducir costes no supone vulneración de la buena fe negociadora, cuando el recurso a la subcontratación no obedece a la pura conveniencia y estrategia empresarial para incrementar beneficios, sino que se alza como fórmula de supervivencia ante pérdidas crecientes y nivel de endeudamiento amplísimo, procurando así menguar los costes laborales los de inversión y facilitar la capacidad de adaptación a la demanda. Sentencia Audiencia Nacional Texto íntegro

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La Audiencia mantiene la imputación de la Infanta Cristina por dos delitos fiscales.

La Audiencia Provincial de Baleares ha confirmado la imputación de la Infanta Cristina por dos delitos fiscales y ha archivado la imputación por delito de blanqueo.Habría utilizado Aizoon para defraudar hasta un total de 337.138 euros en las cuotas del IRPF.

Su imputación por dos delitos contra la Hacienda Pública se basa en el papel que ejerció en la sociedad Aizoon, de la que es copropietaria al 50 por ciento junto a su marido, Iñaki Urdangarin, quien habría utilizado esta empresa para defraudar hasta un total de 337.138 euros en las cuotas del IRPF correspondientes a los años 2007 y 2008.
Así, el tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Baleares, en el auto que ha dictado para confirmar la imputación de la Infanta Cristina por dos delitos fiscales, considera “innegable e inobjetable” que la Duquesa de Palma, desde el momento en que era copartícipe de una sociedad “ficticia” -en alusión a Aizoon-, contribuyó a defraudar a Hacienda y además “se benefició de ello”.
Así de tajante se expresa la Sala en un auto de 160 páginas, en el que deja a las puertas del juicio a la hermana del Rey Felipe VI como cooperadora necesaria de dos ilícitos contra la Hacienda pública presuntamente cometidos en 2007 y 2008. La Audiencia considera así que la Infanta fue figura indispensable para que su marido, Iñaki Urdangarin, pudiese defraudar hasta un total de 337.138 euros en las cuotas del IRPF de esos años.
La resolución judicial extiende estas apreciaciones a Ana María Tejeiro, esposa del exsocio de Urdangarin, Diego Torres. De hecho, señala que si Aizoon y las empresas que Tejeiro compartía a su vez con su marido “eran simuladas, no hay duda que servían de instrumento o herramienta fiscal para ocultar las rentas obtenidas por sus maridos y en consecuencia para defraudar a hacienda, tanto en renta como en sociedades”.
Para ello, precisa, efectuaron contratos de trabajo falsos y se desgravaban gastos que no habían sido generados en el ejercicio del objeto de la sociedad -en el caso de Aizoon, en materia inmobiliaria-, sino que se trataba de gastos personales efectuados por ambos matrimonios.

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